La implantación y gestión del «Canal de Denuncias» en el sector público y privado
El objetivo de esta sesión es dar a conocer el Anteproyecto de Ley aprobado el pasado 4 de marzo por el Gobierno de España para proteger a las personas que informen sobre corrupción, por la que se transpone la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019 (Directiva Whistleblowers) y sus novedades en el sector público y privado.
Si bien es cierto que el texto debe superar toda la tramitación parlamentaria, y probablemente sea objeto de alguna modificación y matización, el sistema ya está básicamente perfilado en lo que refiere a sus aspectos básicos: que las entidades del sector público y las empresas de más de cincuenta trabajadores, incluida la gran empresa, deberán establecer un sistema interno de información (“canal de denuncias” o “canal de alertadores”), que será completado con un canal de denuncias externo, por lo que resulta necesario tener previsto los recursos tecnológicos y las personas especializadas con la debida formación jurídica y técnica, que serán responsables de la correcta gestión, seguridad y confidencialidad de las informaciones recibidas.
Dirigido a especialistas e interesados en programas de cumplimiento normativo, delegados de protección de datos, directivos de empresas de más de cincuenta trabajadores, responsables de partidos políticos, de sindicatos, de patronales y las fundaciones que reciban o gestionen fondos públicos y, en definitiva, cualquier persona que preste asesoramiento a instituciones públicas o privadas.