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Se ha publicado en el DOGV 04/04/2022 , la Orden de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio y del Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas del Plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR) y se convocan las ayudas para el ejercicio 2022.

Programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación edificios

  • Objeto: Rehabilitación de edificios y de complejos inmobiliarios sujetos a la Ley 49/1960 sobre propiedad horizontal, de uso predominantemente residencial, en los que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética.
  • Beneficiarios: Personas físicas o jurídica de naturaleza privada o pública, propietarias o usufructuarias de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así como de sus viviendas, administraciones públicas, organismos y demás entidades de derecho público, comunidades de propietarios o las agrupaciones de las mismas, personas propietarias que, de forma agrupada, posean edificios que no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal, sociedades cooperativas de viviendas, empresas arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas que acrediten dicha condición.
  • Requisitos: que al menos el 70 % de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles, tenga uso residencial de vivienda, y que las actuaciones cuenten con el acuerdo de la comunidad de propietarios de que se trate, y con la autorización o autorizaciones administrativas correspondientes.
  • Actuaciones subvencionables: mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, siempre que se obtenga una reducción de al menos un 30 % en el indicador de consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética. En edificios situados en las zonas climáticas C, D y E, deberá asimismo conseguirse una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de la vivienda unifamiliar o del edificio, según corresponda, de al menos un 35 % en zonas D y E, y de un 25 % en C.
  • Ayudas: Ayudas objetivas de porcentajes variables, en función del ahorro en consumo de energía primaria no renovable conseguido mediante la actuación, más ayudas personales cuando se identifiquen situaciones de vulnerabilidad económica, más posibles ayudas complementarias, descritas en la convocatoria.
  • Compatibilidad: incompatibles con el programa de actuaciones de rehabilitación a nivel de barrios.

Programa de ayudas de mejora de la eficiencia energética en viviendas

  • Beneficiarios: Personas físicas o jurídica de naturaleza privada o pública propietarias, usufructuarias o arrendatarias de viviendas, administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho público.
  • Requisitos: viviendas domicilio habitual y permanente de sus ocupantes en el momento de solicitar la ayuda, comprobado con el correspondiente certificado de empadronamiento. Coste de la actuación igual o superior a 1.000 € por vivienda.
  • Actuaciones subvencionables: aquellas que se realicen en viviendas en las que se consiga una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos el 7 % o una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30 %. También se considerarán subvencionables las actuaciones de modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica para adecuarla a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire cuando proceda, establecidos en el Código Técnico de la Edificación.
  • Ayudas: 40 % del coste de la actuación, con un límite de 3.000 €.

Aspectos comunes a ambos Programas

  • Las obras podrán estar iniciadas antes de la solicitud de las ayudas, con posterioridad al 1 de febrero de 2020, pero no podrán estar finalizadas en el momento de la solicitud.
  • Se crean dos figuras clave para la implementación de estas ayudas: el gestor y el agente de la rehabilitación, con el fin de establecer mecanismos que faciliten la tramitación de las ayudas y la ejecución de las obras, que facilite la compleja toma de decisiones mediante acuerdos de comunidad. El alta en el correspondiente registro autonómico ya está habilitada y se dispondrá de un buscador territorializado para localizar a gestores y agentes. El plazo para solicitar la inscripción como gestor o agente de la rehabilitación finalizará el 24 de noviembre de 2022, inclusive.
  • El plazo para la presentación de la solicitud de ayudas se iniciará el 11 de abril de 2022 y finalizará el 1 de diciembre de 2022, ambos inclusive.

Más información:

  • Orden de bases y convocatoria: Resolución de 23 de marzo de 2022, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio y del Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas del Plan de recuperación, transformación y resiliencia y se convocan las ayudas para el ejercicio 2022 (DOGV de 04/04/2022)
  • Extracto de convocatoria
  • Página web GVA: https://habitatge.gva.es/es/web/arquitectura/fons-europeus-per-a-la-rehabilitacio-d-habitatges-2022

Si desea más información sobre las convocatorias del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y de los Fondos Europeos Next Generation puede consultar las siguientes páginas web:

Convocatorias Generalitat y de las entidades de su sector público instrumental:

https://presidencia.gva.es/es/web/estrategia-valenciana-para-la-recuperacion/comunitat-valenciana

Convocatorias del Gobierno de España:

https://presidencia.gva.es/es/web/estrategia-valenciana-para-la-recuperacion/estat

Relación de PERTEs aprobados o en curso de aprobación:

https://planderecuperacion.gob.es/como-acceder-a-los-fondos/pertes

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